En preparación para la Cuarta Conferencia de Revisión (RevCon4) Programa de Acción para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos (PoA), los Estados de América Latina y el Caribe se reúnen para discutir las prioridades regionales, así como los desafíos y oportunidades para combatir el tráfico de armas pequeñas.
Los Estados de América Latina se reunirán del 11 al 15 de marzo de 2024, los Estados del Caribe están invitados a comenzar sus preparativos del 18 al 22 de marzo de 2024. Ambas reuniones tendrán lugar de forma virtual.
11-15 de marzo de 2024 | Estados de América Latina
Del 14 al 15 de noviembre de 2023, funcionarios de la Comunidad del Caribe (CARICOM) y de República Dominicana se reunirán en Santa Lucía para celebrar la 3ª Reunión Anual de Estados de la Hoja de Ruta del Caribe sobre Armas de Fuego.
Por primera vez desde la adopción de la Hoja de ruta del Caribe sobre armas de fuego en 2020, los Estados, junto con socios y miembros de la comunidad internacional, se reunirán en persona para debatir la implementación de la Hoja de ruta y renovar su compromiso de hacer frente al tráfico ilícito de armas de fuego y municiones.
La reunión está organizada por la Agencia de Implementación para el Crimen y la Seguridad de la Comunidad del Caribe (IMPACS) y el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe (UNLIREC) en colaboración con el gobierno de Santa Lucía.
Esta reunión, financiada por Canadá, tiene previsto un intercambio de trabajo de un día de duración entre los puntos focales nacionales establecidos en el marco de la Hoja de Ruta del Caribe sobre Armas de Fuego, así como una reunión de alto nivel de ministros el 15 de noviembre.
Para mayor información, por favor escriba a: secretary@unlirec.org.
La resolución 1540 (2004) se adoptó el 28 de abril de 2004 en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en un contexto de creciente preocupación por parte de la comunidad internacional respecto a la proliferación de armas de destrucción en masa (ADM) por agentes no estatales y la amenaza que representan para la paz y la seguridad internacionales.
Ante ello, la resolución 1540 (2004) establece una serie de obligaciones a los Estados para hacer frente a este desafío y prevenir la proliferación de armas de destrucción en masa y sus sistemas vectores, así como el tráfico ilícito de materiales conexos, por actores no estatales, incluyendo grupos terroristas.
Desde UNLIREC nos sumamos al llamado de la resolución 1540 (2004), promoviendo su cumplimiento y destacando la importancia de su efectiva aplicación por todos los Estados, así como la participación activa del sector privado y la comunidad científica y académica.
¿Cuáles son las principales obligaciones de la Resolución 1540?
La resolución 1540 (2004) impone a los Estados la obligación de abstenerse de suministrar apoyo a los actores no estatales para el desarrollo, adquisición, fabricación, posesión, entre otros, de armas de destrucción en masa y sus sistemas vectores. Para su cumplimiento se debe adoptar normativa que prohíba estas actividades.
Además de ello, los Estados deben establecer controles nacionales sobre materiales conexos o llamados también bienes de uso dual, los cuales pueden ser usados y comercializados para fines pacíficos, pero que también podrían usarse para el desarrollo de armas de destrucción en masa.
Es importante que el sector privado y la comunidad científica y académica sean conscientes de los riesgos que supone la comercialización y manejo de los bienes de uso dual y la importancia de su control.
Conoce algunos bienes de uso dual
¿Por qué es importante la resolución 1540 para los Estados de América Latina y el Caribe?
a resolución 1540 (2004) complementa y refuerza los tratados vigentes sobre desarme y no proliferación de armas de destrucción en masa, como la Convención sobre Armas Biológicas, la Convención sobre Armas Químicas, el Tratado sobre la No Proliferación de Armas Nucleares, el Tratado sobre la Prohibición de las Armas Nucleares y el Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina y el Caribe (Tratado de Tlatelolco).
Además, es la primera vez que el Consejo de Seguridad define la proliferación de las armas químicas, biológicas y nucleares como una amenaza a la paz y la seguridad internacionales y reconoce también el riesgo que plantea su adquisición por actores no estatales.
Ningún Estado escapa al riesgo del uso o la amenaza del uso de armas de destrucción en masa, ni de las potenciales actividades delictivas de actores no estatales, incluyendo grupos terroristas.
Es importante destacar también que los países de la región cuentan con industrias que producen, ensamblan, exportan, importan, transportan y usan bienes de uso dual. Por lo tanto, los Estados son responsables de asegurar que dichos bienes y tecnologías no se desvíen al desarrollo de armas de destrucción en masa y es importante que participen y cooperen activamente en las iniciativas de no proliferación de la comunidad internacional.
¿Cuál es la labor del Comité 1540 y su Grupo de Expertos?
El Comité 1540 y su Grupo de Expertos dan seguimiento a la aplicación de la resolución 1540 (2004) y facilitan la cooperación y la asistencia técnica para su efectiva implementación.
¿Qué papel desempeñan las organizaciones internacionales, regionales y subregionales en la aplicación de la resolución?
Las organizaciones internacionales, regionales y subregionales tienen un papel fundamental en la implementación de la resolución 1540 (2004).
UNLIREC, como centro regional de las Naciones Unidas especializada en el desarme y la no proliferación en América Latina y el Caribe apoya los esfuerzos nacionales y regionales encaminados a la efectiva aplicación de esta resolución y, por ende, a la prevención de la proliferación de armas de destrucción en masa en la región.
El Tratado sobre el Comercio de Armas tiene como objeto regular el comercio internacional de armas convencionales, así como prevenir y eliminar su tráfico ilícito y desvío.
El Tratado se adoptó el 2 de abril de 2013 y entró en vigor el 24 de diciembre de 2014.
En esta ocasión, UNLIREC presenta una campaña para promover su universalización y destacar la importancia de su efectiva aplicación por todos los Estados Parte.
¿Cuáles son las principales disposiciones del Tratado sobre el Comercio de Armas?
El TCA establece prohibiciones sobre las transferencias de armas, municiones, partes y componentes, cuando exista la posibilidad de que sean usadas para cometer actos de genocidio, crímenes de lesa humanidad, ataques contra bienes o personas civiles u otros crímenes de guerra, entre otros supuestos.
Además de ello, los Estados deben evaluar cada exportación y determinar si existe el riesgo de que las armas, municiones, partes y componentes, puedan ser usados para cometer violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario o de los derechos humanos, actos de terrorismo, delitos de la delincuencia organizada, o actos graves de violencia por motivos de género o contra las mujeres y los niños y de ser el caso, denegar dicha exportación.
¿Por qué es importante este Tratado?
Para el 2020 se estima que el valor financiero del comercio mundial de armas fue de al menos $112 mil millones y según datos de UN Comtrade recopilados por Small Arms Survey, el 85% de las trasferencias globales fueron de armas pequeñas, las mismas que se usan para cometer homicidios.
En América Latina y el Caribe se estima que el porcentaje de homicidios cometidos con armas pequeñas es del 61% en Centroamérica, 54% en el Caribe y 57% en Suramérica.
El Tratado sobre el Comercio de Armas promueve la responsabilidad de los Estados en las transferencias internacionales de armas convencionales, estableciendo prohibiciones sobre las transferencias de estas armas en determinados supuestos, así como la obligación de conducir una evaluación sobre los riesgos de cada exportación.
Según el Tratado sobre el Comercio de Armas, ¿qué son las transferencias internacionales?
La exportación, la importación, el tránsito, el transbordo y la intermediación, sobre las cuales los Estados deben adoptar medidas de control.
¿Las disposiciones contenidas en el TCA solo aplican a los países fabricantes?
No. El Tratado sobre el Comercio de Armas prevé la obligación de establecer medidas apropiadas para regular las transferencias internacionales de armas, y, por tanto, alcanza a todos los Estados involucrados en las mismas. Todo Estado exportador deberá evaluar cada operación de exportación, incluyendo las reexportaciones de elementos no fabricados en el país.
¿Qué es el Fondo de Contribuciones Voluntarias?
Todos los años los Estados Parte pueden postular al Fondo de Contribuciones Voluntarias a fin de obtener soporte financiero para la implementación del Tratado.
Para los 16 Días de Activismo contra la Violencia Basada en Género, UNLIREC se une a la Campaña 2022 de Naciones Unidas ¡ÚNETE! Activismo para Eliminar la Violencia contra Mujeres y Niñas.
Como cada año, del 25 de noviembre -Día Internacional para Eliminar la Violencia contra la Mujer- al 10 de diciembre -Día Internacional de los Derechos Humanos-, el Secretario General de Naciones Unidas lidera la Campaña ¡ÚNETE! 16 días de activismo para poner fin a la violencia contras las mujeres y niñas.
Este año la Campaña tiene el objetivo de movilizar a todos los miembros de la sociedad para que se conviertan en activistas, se solidaricen con las defensoras de los derechos de las mujeres y apoyen a los movimientos feministas del planeta para evitar el retroceso de los derechos de las mujeres y conseguir un mundo libre de violencia de género.
La violencia basada en el género de las personas consiste en una de las violaciones de los derechos humanos más extendidas, persistentes y devastadoras del mundo. Abarca todo acto de violencia que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto en la esfera pública como en el entorno privado de las personas.
En ese sentido, desde UNLIREC queremos compartir algunas reflexiones sobre el impacto de las armas de fuego en la violencia de género contra las mujeres y niñas, así como la importancia del control de armas como aliado en la prevención y eliminación de este tipo de violencia.
¿Por qué advertir sobre las armas de fuego en la violencia contra la mujer?
Además de su letalidad, lo que distingue a las armas de fuego del resto de mecanismos de comisión de homicidios, es que la responsabilidad del control de armas recae sobre los Estados.
¿Qué información hay disponible sobre el uso de armas de fuego en los femicidios?
Si bien en la última década los Estados han hecho grandes esfuerzos por identificar y definir el femicidio para visibilizarlo y medirlo en términos estadísticos, aún son pocos los países que desagregan esta información según “mecanismo de comisión implementado por el agresor”. Tampoco se conoce “la condición legal de las armas involucradas” o información sobre el permiso de tenencia o porte por parte del perpetrador, por ejemplo, si pertenece a las fuerzas de seguridad o se desempeña en una empresa de seguridad privada.
Algunas preguntas fundamentales ante un femicidio con arma de fuego
¿El arma era de uso legal? ¿el agresor era un usuario legal? ¿Su permiso estaba vigente? ¿Pertenecía a las Fuerzas Armadas o a la Policía? ¿Prestaba servicios de seguridad privada? ¿Existían denuncias de violencia de género previas al femicidio? ¿En esas denuncias, se recabó información sobre la existencia de un arma en poder del agresor? ¿Se tomaron medidas de protección -como el decomiso del arma o la inhabilitación de la licencia del usuario-?
¿Cuáles son los impactos de las armas de fuego en la violencia de género además de los femicidios?
La simple presencia o tenencia de armas de fuego por parte del agresor aumenta exponencialmente el riesgo de la víctima resultando en una amenaza constante.
Incluso sin ser disparadas, las armas son usadas para someter y amedrentar, facilitando la violencia psicológica, física, e incluso sexual.
La violencia armada no sólo genera víctimas fatales -femicidios-, sino también heridas, lesiones, discapacidades motrices y daños psicológicos de por vida.
¿De qué manera el control de armas de fuego puede vincularse a las estrategias de prevención de la violencia de género contra mujeres y niñas (VBG)?
Incluir en los procedimientos de atención de denuncias y evaluación de riesgos protocolos que registren la presencia de armas de fuego en el hogar y si estas están siendo usadas para violentar a las denunciantes.
Incorporar en los registros de denuncia información relevante relacionada como el número y tipos de armas en el hogar; presencia y cantidades de municiones y componentes del arma; permiso de porte o tenencia del arma; si el arma de fuego corresponde a un arma reglamentaria (policías, militares, guardias de seguridad privada.
Canalizar la información con los organismos correspondientes para:
suspender o revocar licencias de armas;
inhabilitar la solicitud de permisos de porte y tenencia de armas;
incautar o decomisar las armas y sus municiones
Incluir lineamientos específicos para tomar acciones especiales para agresores que poseen armas reglamentarias para el ejercicio de sus funciones laborales ya que estas (las armas) pertenecen a su institución o empresa.
Asegurar la coordinación eficiente entre las distintas instancias que brindan servicios de atención a las víctimas y sobrevivientes de la violencia y estandarizar los procedimientos implementados por parte del personal de cada institución respecto a la presencia y registro de armas de fuego.
Considerar como motivos de denegación de licencia no solo la inexistencia de antecedentes por violencia de género, sino incluir una evaluación del candidato que permita a la autoridad competente perfilar el riesgo de comportamientos violentos.
En ese sentido, desde UNLIREC alentamos que los Estados puedan fortalecer el control de armas como aliando en la prevención de la violencia de género contra mujeres y niñas lo cual implica necesariamente:
Recopilación de datos desagregados y exhaustivos sobre hechos de violencia contra las mujeres que involucren armas de fuego.
Vinculación de marcos normativos de control y regulación de armas de fuego con aquellos de prevención y eliminación de la violencia contra las mujeres y niñas.
Capacitación del funcionariado sobre el impacto de las armas de fuego en la violencia de género.
Establecimiento de canales de cooperación entre agencias del Estado con competencias en el control de armas y atención a víctimas de VBG, para que actúen con máxima diligencia que se requiere en estos casos.
Para más información puede consultar aquí nuestras actividades y publicaciones sobre la temática. Estas son solo algunas iniciativas y reflexiones para promover el debate ¡Tú también puedes ser parte del cambio! Súmate a la Campaña, síguenos en nuestras RRSS y comparte tus ideas en los comentarios.